Proceso constitucional 2023

Boletín 5 – Proceso Constitucional 2023

Proceso para una Nueva Constitución 2023

Fase preparatoria: Comisión Experta

  • En el boletín anterior vimos que el proceso constitucional está compuesto por una serie de fases o etapas.
  • La primera etapa del proceso inició con el funcionamiento de la Comisión Experta (CE).
  • Esta fase preparatoria, contempla la discusión y aprobación del anteproyecto que deberá ser remitido al Consejo Constitucional (CC) a más tardar el 6 de junio de 2023.

Estructura y capítulos

El 6 de marzo entró en funcionamiento la CE y el CTA, con lo cual se da inicio a la primera fase del proceso constitucional.

La primera tarea que debe realizar la CE es la definición de la estructura (capítulos) de la nueva propuesta constitucional. Para ello, la Mesa Directiva de la CE, en colaboración con la Secretaría, debe formular una propuesta de estructura dentro de los 4 días siguientes a su instalación. Los comisionados podrán formular enmiendas dentro de los 3 días siguientes a la presentación de la propuesta de estructura.

La estructura de la propuesta deberá ser votada por la CE, y si alcanza el quórum de 3/5 de sus miembros, se entenderá aprobada.

Propuestas de normas constitucionales y votación en general en el pleno

Una vez aprobada la estructura y dentro de un plazo de 15 días, los integrantes de la CE deberán presentar ante la Secretaría iniciativas de normas constitucionales por capítulo.

Tanto las enmiendas como las propuestas de normas constitucionales de los comisionados deberán contar con la firma de no menos de 5 y ni más de 10 comisionados.

Las propuestas de normas constitucionales deben referirse necesariamente a un solo capítulo de la estructura aprobada del texto, incluyendo artículos permanentes y transitorios.

Una vez presentadas las iniciativas de normas constitucionales, la Secretaría las remitirá a cada uno de los comisionados, y la Mesa Directiva citará a un pleno para su discusión en general. Una vez aprobadas las normas en general1, la Mesa Directiva las remitirá a alguna de las 4 subcomisiones en consideración a la especialidad de cada una de ellas. Si una norma se aprueba en general, se entenderán rechazadas las demás propuestas de norma que regulen el mismo capítulo.

Discusión de enmiendas en subcomisiones

Los comisionados/as podrán presentar enmiendas a las normas constitucionales aprobadas en general por el pleno, dentro del plazo de 5 días desde que la Secretaría comunique el texto aprobado. No se admitirán las enmiendas sustitutivas globales de un capítulo ni las que sean formuladas por los mismos autores en calidad de subsidiarias (aquellas que son incompatibles entre sí), lo que marca una diferencia con respecto a las normas procedimentales del proceso constitucional anterior.

Las subcomisiones deberán someter a votación todas las enmiendas admitidas a tramitación y quedarán aprobadas aquellas que obtengan el voto favorable de 3/5 de los integrantes en ejercicio de la subcomisión.

Votación en particular en el pleno

Una vez que la totalidad de las enmiendas sean votadas por cada una de las 4 subcomisiones, se deberá remitir el capítulo constitucional aprobado al pleno, mediante un informe, para su discusión en particular.

Antes de dar inicio a la discusión en particular, el Presidente/a de la CE dará por aprobados todos aquellos artículos que no hayan sido objeto de enmiendas o cuya votación separada no haya sido solicitada.

La aprobación de las normas en particular, que pasarán a integrar el anteproyecto, requerirá el voto favorable de 3/5 de los miembros en ejercicio de la CE. Una vez despachado el anteproyecto, la CE deberá elaborar un informe final. Dicho informe deberá remitirse junto al anteproyecto a la CC, una vez que este órgano se constituya (lo que deberá suceder el 7 de junio).


1 Si bien es claro que se requiere un quórum de 3/5 de los miembros en ejercicio de la CE para la aprobación de las normas que formen parte del anteproyecto, el Reglamento no establece un quórum específico respecto de esta aprobación en general.

Boletín 4 – Proceso Constitucional 2023
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